Lo esencial en 30 segundos
La factura de la luz suma, por este orden, el término de potencia (kW contratados por días y por su precio, aunque no consumas), el término de energía (kWh consumidos en cada periodo por su precio), el impuesto especial sobre la electricidad (5,11269632 %), el alquiler del contador si es de la distribuidora y el IVA (21 % con carácter general). La comercializadora debe desglosar la energía, los peajes y cargos y el alquiler del contador (Real Decreto 88/2026, artículo 44.3.b). Con contador inteligente la factura es mensual y con lecturas reales; si pagaste de menos por un error, el reparto no puede pasar de un año, y si pagaste de más te lo devuelven de una vez con intereses (artículo 45.2).
- Busca en la factura el CUPS, la potencia contratada y los kWh de cada periodo.
- Comprueba la factura con las herramientas gratuitas de la CNMC.
- Si algo no cuadra, reclama por escrito: la empresa tiene quince días hábiles.
Qué datos trae la factura de la luz y para qué sirven
La CNMC resume la información que debe aparecer en la factura: titular, número de contrato, CUPS, número de factura, periodo, consumos y potencias, peajes y cargos y contactos para consultas, reclamaciones y averías.
| Dato | Dónde está | Para qué te sirve |
|---|---|---|
| CUPS | Datos del contrato | Identifica tu punto de suministro: lo necesitas para cambiar de compañía, pedir el bono social o consultar tu consumo |
| Peaje de acceso | Datos del contrato | En casi todas las viviendas, 2.0TD: tres periodos de energía y dos de potencia |
| Potencias contratadas | Datos del contrato | Punta-llano y valle, en kW |
| Periodo de facturación y lecturas | Información del consumo | Saber qué días se cobran y si la lectura es real o estimada |
| Consumo por periodos | Información del consumo | Ver cuánto gastas en punta, llano y valle |
| Destino del importe | Resumen | Qué parte va a costes regulados (peajes y cargos) |
| Teléfono de averías | Datos de la distribuidora | Cortes y averías, las 24 horas |
| Código QR | Información al consumidor | Abre el comparador de la CNMC con tus datos ya cargados |
Si no sabes qué empresa es tu distribuidora y cuál tu comercializadora, lee compañías de luz.
Término de potencia: lo que pagas por tener luz disponible
Es la parte fija: se paga aunque no se haya consumido nada, según la CNMC. Se calcula así:
Potencia contratada (kW) × días del periodo × precio del kW por día, una vez para punta-llano (P1) y otra para valle (P2).
En el precio por kW se juntan los peajes de transporte y distribución, los cargos del sistema y el margen de comercialización. En la tarifa regulada, el término de potencia suma exactamente esos tres componentes (Real Decreto 216/2014, artículo 8). Es la línea que baja si ajustas la potencia a lo que de verdad usas: lee qué potencia de luz contratar.
Término de energía: kWh por periodos
Es la parte variable: los kWh consumidos multiplicados por su precio. En la tarifa 2.0TD el consumo se reparte en tres periodos, punta (P1), llano (P2) y valle (P3), con horarios fijos que explicamos en la guía del contador de luz.
| Contrato | Precio de la energía | Qué ves en la factura |
|---|---|---|
| Tarifa regulada (PVPC) | Distinto cada hora, ligado al mercado mayorista y a los mercados a plazo | Consumo por periodos y un precio medio resultante de tu consumo hora a hora |
| Mercado libre a precio fijo | El mismo durante todo el contrato | Consumo total o por periodos por el precio pactado |
| Mercado libre por periodos | Un precio para punta, otro para llano y otro para valle | Consumo de cada periodo por su precio |
| Mercado libre indexado | Ligado al mercado según la fórmula del contrato | Consumo y precio de cada periodo según esa fórmula |
Peajes y cargos dentro de la energía. Una parte del precio del kWh también son peajes y cargos regulados, distintos en cada periodo. La factura debe reflejar las variables con las que se calculan (Real Decreto 88/2026, artículo 44.1). Cómo se forma el precio regulado, hora a hora, lo explica la guía de la tarifa regulada de luz.
Financiación del bono social. En la tarifa regulada aparece un término propio para financiar el bono social, proporcional a los días del periodo de facturación (Real Decreto 216/2014, artículo 8.4). Es distinto del descuento del bono social, que solo ven en su factura quienes lo tienen concedido.
Impuesto eléctrico, alquiler del contador e IVA
| Concepto | Cómo se calcula | Norma |
|---|---|---|
| Impuesto especial sobre la electricidad | 5,11269632 % sobre lo que pagas por el suministro eléctrico, sin el propio impuesto; mínimo de 1 euro por MWh en viviendas | Ley 38/1992, artículos 97 y 99 |
| Alquiler del contador | Importe regulado por mes, si el equipo es de la distribuidora | Desglosado aparte en la factura (Real Decreto 88/2026, artículo 44.3.b) |
| IVA | 21 % sobre la suma anterior, impuesto eléctrico incluido | Ley 37/1992, artículos 78 y 90 |
Impuesto especial sobre la electricidad. Su base es la misma que tendría el IVA del suministro, excluido el propio impuesto (Ley 38/1992, artículo 97). El tipo es del 5,11269632 %, con un mínimo de 1 euro por MWh para usos no industriales, el equivalente a una décima de céntimo por kWh (artículo 99).
Alquiler del contador. Lo cobra la comercializadora por cuenta de la distribuidora y debe ir desglosado. Si compraste el contador, ese concepto no debe aparecer. Quién es el dueño y cómo se verifica, en la guía del contador de luz.
IVA. El tipo general es el 21 % (Ley 37/1992, artículo 90), y su base incluye los impuestos especiales (artículo 78.Dos.4.º).
Noviembre y diciembre de 2026. El Real Decreto-ley 25/2026 prevé dos rebajas condicionadas al IPC de la electricidad que publica el INE:
- IVA del 10 % para contratos de hasta 10 kW y para los vulnerables severos con bono social, en noviembre si el IPC de la electricidad de septiembre supera en más de un 15 % al del mismo mes del año anterior, y en diciembre si lo hace el de octubre (artículos 18.1 y 19.1).
- Impuesto eléctrico del 0,5 %, con los mismos mínimos por MWh, bajo la misma condición (artículos 20 y 21).
Según su preámbulo, la rebaja anterior ya no se aplicó en septiembre de 2026 porque no se cumplía la condición. Mira en cada factura qué tipos te han aplicado.
Cómo comprobar tu factura paso a paso
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01
Potencia
kW de punta-llano × días × precio, más kW de valle × días × precio.
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02
Energía
kWh de cada periodo por su precio, o el importe de energía que indique la factura en la tarifa regulada.
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03
Otros términos
Financiación del bono social y, si lo tienes, el descuento del bono social.
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04
Impuesto eléctrico
Aplica el 5,11269632 % sobre la suma anterior.
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05
Alquiler del contador
Suma el importe mensual si el equipo es de la distribuidora.
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06
Servicios añadidos
Mantenimientos o seguros contratados aparte, si los hay.
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07
IVA
Aplica el tipo que figure en la factura sobre el total.
Herramientas de la CNMC. Si tienes la tarifa regulada, el simulador de la CNMC recalcula tu factura con las fechas de lectura, la potencia y los consumos por periodo; la normativa obliga a la CNMC a ofrecerlo (Real Decreto 216/2014, artículo 20.3). Para cualquier contrato, la herramienta Entiende tu factura de la CNMC explica cada línea, y el código QR de la factura abre el comparador de ofertas con tus datos de consumo.
Lectura real o estimada y regularizaciones
Con contador inteligente, la distribuidora lee el consumo cada mes y a distancia, y peajes y cargos se facturan con lecturas reales; solo es bimestral si falta la lectura remota por causas ajenas a la distribuidora (Real Decreto 88/2026, artículos 43.1 y 44.1). Una estimación solo cabe si la distribuidora no puede acceder al contador y tú tampoco das la lectura en diez días hábiles desde el aviso de imposible lectura (artículo 43.5).
Cuando se corrige un error de facturación (artículo 45.2):
- Si pagaste de menos, la diferencia puede repartirse en tantas facturas mensuales como meses pasaron desde el error, pero ni el reparto ni el periodo que se rectifica pueden superar un año.
- Si pagaste de más, te lo devuelven entero en la siguiente factura, sin fraccionar, con el interés legal del dinero más 150 puntos básicos.
| Lo que ves | Causa probable | Qué hacer |
|---|---|---|
| La palabra «estimada» junto a la lectura | Fallo de la lectura remota | Da tú la lectura a la distribuidora con una foto del contador y pide la regularización |
| Una factura muy alta tras otras bajas | Regularización o cambio de precio | Compara las lecturas y los precios con la factura anterior |
| Precio de la energía distinto al del contrato | Revisión de precios o error | Toda revisión debe avisarse con un mes de antelación; reclama si no te avisaron |
| Alquiler del contador con contador propio | Error en los datos del suministro | Reclama a la comercializadora con la prueba de compra |
| Un servicio que no recuerdas haber contratado | Servicio añadido | Pide el contrato y, si procede, la baja y la devolución |
| Potencia que no coincide con la contratada | Error en el contrato | Compárala con el contrato y reclama |
Cómo cambia la factura con la tarifa regulada o el mercado libre
La estructura es la misma, pero el precio de la energía se fija de forma distinta: en la tarifa regulada cambia cada hora y lo calcula el sistema; en el mercado libre lo fija tu contrato. Las diferencias de fondo están en compañías de luz: PVPC o mercado libre y el cálculo del precio regulado, en la guía de la tarifa regulada de luz. Si también tienes gas natural, su factura se lee con otra lógica (m³ convertidos a kWh, impuesto de hidrocarburos): lee factura del gas.
Cómo reclamar una factura de la luz
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01
Elige a quién
Precio, contrato o importes, a la comercializadora; lecturas, contador, cortes o averías, a la distribuidora, según la CNMC.
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02
Reclama por escrito
La empresa debe enviarte un acuse de recibo y responder en un máximo de quince días hábiles. Las reclamaciones a la distribuidora de usuarios de menos de 15 kW sobre medida, facturas y cortes indebidos tienen un plazo de cinco días hábiles, según la CNMC.
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03
Guarda las pruebas
Facturas, fotos del contador con fecha, contrato y correos.
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04
Si no te responden o no te convence
Acude a una entidad de resolución alternativa de litigios o al órgano de consumo o energía de tu comunidad autónoma. La CNMC supervisa, pero no resuelve reclamaciones individuales.
Los pasos completos, con el defensor del cliente y el arbitraje, están en compañías de luz: cómo reclamar.
Preguntas frecuentes sobre la factura de la luz
¿Qué es el término de potencia de la factura de la luz?
La parte fija: los kW contratados por los días del periodo y por su precio. Se paga aunque no consumas.
¿Qué es el término de energía?
Los kWh que has consumido en cada periodo multiplicados por su precio. Es la parte que baja si gastas menos.
¿Cuánto es el impuesto de la electricidad?
El 5,11269632 % sobre el importe del suministro, con un mínimo de 1 euro por MWh en viviendas.
¿Qué IVA tiene la luz en 2026?
El general del 21 %. En noviembre y diciembre de 2026 se aplica el 10 % a contratos de hasta 10 kW solo si el IPC de la electricidad cumple la condición del Real Decreto-ley 25/2026.
¿Dónde está el CUPS en la factura de la luz?
En el apartado de datos del contrato, junto a la potencia contratada y el peaje de acceso.
¿Por qué mi factura dice lectura estimada?
Porque la distribuidora no ha podido leer el contador. Facilítale tú la lectura y pide la regularización.
¿Cuánto tiempo pueden reclamarme un consumo atrasado?
Si te facturaron de menos por error, la comercializadora puede repartir la diferencia, pero sin superar un año de periodo rectificado.
Fuentes consultadas
Normativa y recursos oficiales consultados el 31 de octubre de 2026.
- BOE · Real Decreto 88/2026, Reglamento general de suministro, comercialización y agregación (texto consolidado) ↗Artículos 43, 44 y 45: lecturas, desglose de la factura y regularizaciones.
- BOE · Real Decreto 216/2014, PVPC y tarifas de último recurso (texto consolidado) ↗Artículos 8 y 20.3: términos de la factura del PVPC y simulador de la CNMC.
- BOE · Ley 38/1992, de Impuestos Especiales (texto consolidado) ↗Artículos 97 y 99: base y tipo del impuesto especial sobre la electricidad.
- BOE · Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido (texto consolidado) ↗Artículos 78.Dos.4.º y 90: base con impuestos especiales y tipo general.
- BOE · Real Decreto-ley 25/2026 ↗Artículos 18 a 21: IVA del 10 % e impuesto eléctrico del 0,5 % condicionados al IPC en noviembre y diciembre de 2026.
- CNMC · Comercialización y suministro eléctrico ↗Conceptos y datos de la factura, herramienta Entiende tu factura, código QR y plazos de reclamación.
¿Te cuadra tu factura de la luz?
Coge la última factura, comprueba potencia, kWh por periodo e impuestos con los pasos de esta guía y pásala por la herramienta Entiende tu factura de la CNMC.