Lo esencial en 30 segundos
La ITE revisa estructura, fachadas, cubiertas y elementos comunes y termina en un informe con las deficiencias y su urgencia. La edad del edificio, los plazos y el formato dependen de tu comunidad autónoma o ayuntamiento; en Euskadi, por ejemplo, se exige a partir de los 50 años y se repite cada 10. Si el informe es desfavorable, las obras necesarias para conservar el edificio son obligatorias para la comunidad.
- Pregunta primero en tu ayuntamiento si tu edificio está obligado y en qué plazo.
- En el País Vasco, consulta la guía de la ITE en Euskadi.
Qué revisa la inspección técnica
- Estado de la estructura y la cimentación, con señales como grietas o deformaciones.
- Fachadas, cornisas, balcones y elementos con riesgo de desprendimiento.
- Cubiertas, azoteas, canalones y bajantes, y su estanqueidad.
- Instalaciones comunes de saneamiento y otras que fije la norma local.
- En algunas normativas, además, la eficiencia energética y la accesibilidad del edificio; si toca mejorarla, lee la rehabilitación de edificios para ahorrar energía.
El resultado es un informe con la calificación del edificio, la lista de deficiencias y, normalmente, los plazos para corregirlas.
Qué documentación preparar
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01
Antecedentes
Proyecto, licencias, planos y obras realizadas que conserve la comunidad o el administrador.
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02
Inspecciones anteriores
El informe de la ITE previa y las reparaciones hechas desde entonces.
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03
Incidencias
Goteras, grietas, desprendimientos o derramas de los últimos años, con fotos si las hay.
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04
Accesos
Llaves y permisos para cubierta, patios, sótanos, cuartos de instalaciones y alguna vivienda si hace falta.
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05
Contacto
Una persona que coordine la visita con los vecinos.
Qué cambia el coste de la ITE
| Factor | Por qué influye |
|---|---|
| Tamaño y tipología | Más plantas, portales y patios suponen más horas de inspección |
| Antigüedad y documentación | Sin planos ni antecedentes, el técnico necesita más trabajo previo |
| Accesos | Cubiertas o fachadas altas pueden requerir medios auxiliares |
| Alcance del informe | Si incluye eficiencia energética, accesibilidad, tasas y presentación |
No hay un precio único: pide propuestas a varios técnicos habilitados con el mismo alcance por escrito y compara también el plazo de entrega y si incluyen la presentación en el ayuntamiento.
Si la ITE sale desfavorable
- Las obras necesarias para el mantenimiento y la conservación del edificio, y las que exija la administración, son obligatorias y no requieren acuerdo previo de la junta (Ley de Propiedad Horizontal, artículo 10.1).
- Pide al técnico que ordene las deficiencias por urgencia y que proponga soluciones.
- Si hay riesgo de desprendimiento, acota la zona y actúa de inmediato; los trabajos verticales permiten reparaciones puntuales sin andamio.
- Planifica la financiación con el fondo de reserva y, si hace falta, una derrama.
Preguntas frecuentes sobre la ITE
¿Es obligatoria la ITE en mi edificio?
Depende de la normativa de tu comunidad autónoma o de tu ayuntamiento y de la antigüedad del edificio. No hay una regla única para toda España: pregunta en el ayuntamiento o en el departamento de vivienda de tu comunidad autónoma qué edificios están obligados y en qué plazo.
¿Quién puede hacer la ITE?
Un técnico competente según la norma local, normalmente un arquitecto o un arquitecto técnico. Antes de contratar, confirma que está habilitado en tu comunidad autónoma, que incluye la presentación del informe y que tiene seguro de responsabilidad civil profesional.
¿Cuánto cuesta la ITE?
No hay un precio único: depende del tamaño del edificio, su antigüedad, los accesos y lo que incluya el informe. Pide propuestas con el mismo alcance a varios técnicos y compara también el plazo de entrega y si incluyen tasas y presentación.
¿Qué pasa si no se hace la ITE?
El ayuntamiento puede requerirla, y las consecuencias de no presentarla dependen de la normativa de cada comunidad autónoma o municipio. Además, sin ITE algunas ayudas a la rehabilitación no se pueden pedir: en Euskadi es un requisito previo para las ayudas del Gobierno Vasco.
Fuentes consultadas
Normativa estatal sobre obras obligatorias y un ejemplo de regulación autonómica.
- Ley 49/1960, sobre propiedad horizontal (BOE) ↗Artículo 10: obras obligatorias para la comunidad.
- Inspección técnica de edificios en Euskadi (Gobierno Vasco) ↗Ejemplo de regulación autonómica: Decreto 117/2018.
Comprueba si os toca este año
Fecha del edificio y de la última inspección: con eso basta para saberlo.