Lo esencial en 30 segundos
La TUR es el precio máximo que pueden cobrar por el gas natural las comercializadoras de último recurso (Ley 34/1998, artículo 93). Pueden acogerse los consumidores con presión de hasta 4 bar y menos de 50.000 kWh al año, que son casi todos los hogares, y también las comunidades de propietarios y los edificios públicos de viviendas, sin límite de consumo pero con requisitos. Se divide en tramos según el consumo anual: TUR.1 (hasta 5.000 kWh), TUR.2 (hasta 15.000 kWh) y TUR.3 (hasta 50.000 kWh). La revisa la Dirección General de Política Energética y Minas cada trimestre, con una fórmula ligada al precio internacional del gas y el petróleo, y la publica en el BOE. Se contrata con una de las cuatro comercializadoras de último recurso y el cambio lo tramita la nueva empresa.
- Mira tu consumo anual en la factura para saber tu tramo.
- Compara la TUR con ofertas del mercado libre en el comparador de la CNMC.
- Antes de salir de la TUR, revisa la medida temporal de recuperación de 2026.
Qué es la tarifa de último recurso del gas
La TUR es un precio regulado: lo fija la Administración y lo aplican las comercializadoras designadas como de último recurso, que están obligadas a atender a los consumidores con derecho a ella (Ley 34/1998, artículos 82 y 93). Sus rasgos básicos:
- Única en toda España, con diferencias solo por presión y volumen de consumo (artículo 93.4).
- Dos términos: uno fijo, en euros al mes, y uno variable, en céntimos por kWh consumido (Orden ITC/1660/2009, artículo 4).
- Sin impuestos: los precios publicados excluyen impuestos, alquiler del contador, derechos de alta o de acometida y otros servicios (Orden ITC/1660/2009, artículo 4.2). En la factura se suman aparte.
- Suma de costes: incluye el coste de la materia prima, los peajes y cánones, los cargos, los costes de comercialización y los de seguridad de suministro (Ley 34/1998, artículo 93.6).
Quién puede acogerse a la TUR
Según el artículo 93 de la Ley 34/1998, en su redacción vigente desde el 28 de junio de 2024, pueden contratarla:
- Consumidores individuales con presión de suministro de 4 bar o menos y consumo anual inferior a 50.000 kWh.
- Comunidades de propietarios de viviendas y sus agrupaciones, y las empresas de servicios energéticos que les den servicio.
- Edificios públicos de viviendas y edificios de patronatos u organizaciones sin ánimo de lucro con el mismo uso, y sus empresas de servicios energéticos.
Las comunidades y edificios no tienen límite de consumo ni de presión, pero deben cumplir dos requisitos (artículo 93.2):
-
01
Contadores o repartidores
Tener contadores individuales de calefacción o repartidores de costes, salvo exención por inviabilidad técnica según el Real Decreto 736/2020. Lee calefacción central con repartidores de costes.
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02
Inspección al día
Haber pasado en plazo y con resultado positivo la inspección de eficiencia energética de la instalación térmica que exige el artículo 31 del RITE.
Si la comunidad contrata a través de una empresa de servicios energéticos, esta debe trasladar íntegro el ahorro al precio de la calefacción y el agua caliente (artículo 93.3).
TUR 1, TUR 2 y TUR 3: qué tramo te corresponde
| Tramo | Consumo anual | Perfil habitual |
|---|---|---|
| TUR.1 | Hasta 5.000 kWh | Cocina o agua caliente con gas natural |
| TUR.2 | De 5.000 a 15.000 kWh | Vivienda con calefacción de gas natural |
| TUR.3 | De 15.000 a 50.000 kWh | Viviendas grandes o con mucho consumo de calefacción |
Los perfiles de TUR.1 y TUR.2 son los que describe la CNMC en su guía para consumidores de gas. La resolución trimestral publica además los tramos TUR.4 a TUR.11, para consumos superiores a 50.000 kWh, que son los que pueden usar las comunidades y edificios con calefacción central.
Cómo saber tu consumo. En la factura busca el histórico de consumos de los últimos meses y la tarifa de acceso o peaje (RL.1, RL.2, RL.3…), que usa los mismos tramos de consumo.
Comercializadoras de último recurso de gas
La TUR solo se contrata con las comercializadoras de último recurso. Según la CNMC y el Punto de Acceso General de la Administración, son cuatro:
- Baser Comercializadora de Referencia.
- Comercializadora Regulada, Gas & Power.
- Curenergía Comercialización de Último Recurso.
- Energía XXI Comercializadora de Referencia.
Como la tarifa es única, el precio es el mismo en las cuatro. Sus teléfonos gratuitos y webs están en la página de gas de administracion.gob.es.
Cómo se fija y se revisa el precio de la TUR
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01
Fórmula oficial
La Orden ITC/1660/2009 fija cómo se calcula cada término. El coste de la materia prima combina el precio medio del petróleo Brent del semestre anterior y, en el primer y el cuarto trimestre, las cotizaciones de futuros de gas del mercado NBP británico (artículo 8).
-
02
Revisión trimestral
El término variable se actualiza el 1 de enero, abril, julio y octubre si el coste de la materia prima varía más de un 2 %, al alza o a la baja (artículo 10.1).
-
03
Cambios de peajes
Los dos términos se actualizan también cuando cambian los peajes, cánones o cargos del sistema gasista.
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04
Publicación
Cada revisión se aprueba por resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas y se publica en el BOE. La vigente desde el 1 de octubre de 2026 es la Resolución de 30 de septiembre de 2026.
Para ver el precio en vigor, consulta la última resolución en el BOE o usa el comparador de la CNMC, que calcula el importe de la TUR con tu consumo junto a las ofertas del mercado libre.
TUR o mercado libre: diferencias
| Aspecto | TUR | Mercado libre |
|---|---|---|
| Quién fija el precio | La Administración, cada trimestre | Cada comercializadora, en su contrato |
| Con quién se contrata | Las cuatro comercializadoras de último recurso | Cualquier comercializadora de gas |
| Precio | Igual en toda España para cada tramo | Fijo, indexado o con descuentos, según oferta |
| Servicios añadidos | Solo el suministro de gas | Puede incluir mantenimiento u otros servicios; algunas ofertas tienen penalización por permanencia |
| Quién puede contratarla | Consumo y presión dentro de los límites, o comunidades con requisitos | Cualquier consumidor |
La TUR se recalcula cada trimestre con la fórmula oficial, así que sube y baja con el mercado internacional; una oferta libre a precio fijo da estabilidad mientras dure. Compara siempre con tu consumo real del último año. Si tienes calefacción de gas, recortar consumo también cuenta: lee cómo reducir el consumo de calefacción.
Cómo cambiarse a la TUR paso a paso
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01
Reúne los datos
En la factura actual: titular, dirección, CUPS (el código de tu punto de suministro) y consumo anual.
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02
Compara
Introduce tu consumo en el comparador de la CNMC y mira el importe de la TUR frente a tu contrato.
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03
Revisa tu contrato actual
Comprueba si tiene permanencia o servicios añadidos, como un mantenimiento de caldera, que quieras conservar o dar de baja.
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04
Contacta con una comercializadora de último recurso
Por teléfono, web u oficina, y pide la tarifa de último recurso.
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05
Deja que tramite el cambio
La nueva comercializadora gestiona la baja con la anterior y el cambio con la distribuidora. La CNMC indica que el cambio es gratuito y se hace en un plazo máximo de tres semanas.
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06
Revisa la última factura
La comercializadora anterior debe enviarla en un plazo máximo de seis semanas desde que termina el suministro, según la CNMC.
Si sales de la TUR. Mientras dure la recuperación prevista en el Real Decreto-ley 25/2026, quien pase de la TUR al mercado libre paga a su comercializadora de último recurso una cantidad calculada con la deuda media unitaria de su tramo. Para quien salga antes del 1 de enero de 2027, la Resolución de 30 de septiembre de 2026 la calcula multiplicando esa deuda por la energía facturada desde el 1 de octubre de 2026 (o desde el alta, si es posterior), más un coste financiero y los impuestos. Pide el importe antes de firmar una oferta nueva.
Bono social. El bono social térmico, la ayuda para calefacción, va ligado al bono social eléctrico, no al contrato de gas: lee bono social eléctrico y térmico.
Preguntas frecuentes sobre la tarifa TUR de gas
¿Qué es la TUR de gas?
El precio regulado del gas natural que fija la Administración. Es el máximo que pueden cobrar las comercializadoras de último recurso.
¿Quién puede acogerse a la TUR de gas?
Los consumidores con presión de hasta 4 bar y menos de 50.000 kWh al año, y las comunidades de propietarios y edificios públicos de viviendas que cumplan los requisitos del artículo 93 de la Ley 34/1998.
¿Qué diferencia hay entre TUR 1, TUR 2 y TUR 3?
El consumo anual: hasta 5.000 kWh, de 5.000 a 15.000 kWh y de 15.000 a 50.000 kWh. Cada tramo tiene su propio término fijo y variable.
¿Cada cuánto cambia el precio de la TUR?
Cada trimestre, el 1 de enero, abril, julio y octubre, si el coste del gas varía más de un 2 %. También cambia cuando se modifican los peajes y cargos.
¿Con qué compañías se contrata la TUR?
Con las cuatro comercializadoras de último recurso: Baser, Comercializadora Regulada Gas & Power, Curenergía y Energía XXI. El precio es el mismo en todas.
¿Cuesta algo pasarse a la TUR?
El cambio de comercializadora es gratuito. Revisa antes si tu contrato actual tiene permanencia o servicios añadidos.
¿Puede una comunidad de vecinos acogerse a la TUR?
Sí, sin límite de consumo, si tiene contadores o repartidores de calefacción y ha pasado la inspección de eficiencia energética en plazo.
Fuentes consultadas
Normativa y recursos consultados el 25 de octubre de 2026.
- Ley 34/1998, del sector de hidrocarburos (BOE, texto consolidado) ↗Artículos 82, 93 (redacción del Real Decreto-ley 4/2024) y 95.
- Orden ITC/1660/2009, metodología de cálculo de la TUR de gas natural (BOE) ↗Artículos 4, 8 y 10: estructura, coste de la materia prima y revisiones.
- Resolución de 30 de septiembre de 2026 de la Dirección General de Política Energética y Minas (BOE) ↗Consumidores con derecho, tramos TUR.1 a TUR.11 en vigor desde el 1 de octubre de 2026 y deuda media unitaria.
- Real Decreto-ley 25/2026 (BOE) ↗Artículo 1: límite de subida del coste de la materia prima y pago de la deuda al abandonar la TUR.
- Punto de Acceso General · Suministro de gas ↗Quién puede acogerse y comercializadoras de último recurso con sus teléfonos.
- CNMC · Guía informativa para consumidores de gas natural ↗Cambio de comercializadora, plazos, perfiles de TUR.1 y TUR.2 y conceptos de la factura.
- CNMC · Comparador de ofertas de energía ↗Importe de la TUR con tu consumo frente a las ofertas del mercado libre.
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