Lo esencial en 30 segundos
El Real Decreto 736/2020 obliga a los titulares de calefacción o refrigeración centralizada a instalar contadores individuales cuando sea técnicamente viable y económicamente rentable. En calefacción, si los contadores no son viables, se instalan repartidores de costes en los radiadores (artículo 3.1). Es rentable si la inversión se recupera en cuatro años o menos (anexo III). Quedan exentas, entre otras, las instalaciones monotubo en serie y las de las zonas climáticas α, A y B. La factura se reparte con una parte variable de entre el 60 % y el 75 % del coste total (artículo 6.4).
Contador de energía o repartidor de costes, en qué se diferencian
Con la calefacción central hay dos formas de medir el consumo de cada vivienda. La norma da preferencia a los contadores individuales que midan el consumo de energía térmica y deja los repartidores de costes para cuando el contador individual sea técnicamente inviable (Real Decreto 736/2020, artículo 3.1).
| Aspecto | Contador individual de energía | Repartidor de costes |
|---|---|---|
| Qué mide | La energía térmica que consume la vivienda, en kWh | El calor que emite cada radiador, en unidades de reparto sin valor en kWh |
| Dónde se instala | Uno por vivienda, en la tubería de entrada a la vivienda | Uno en cada radiador |
| Tipo de instalación | Distribución en anillo o por vivienda, con una entrada y una salida | Distribución en columnas o montantes, donde cada radiador se alimenta de una columna distinta |
| Cómo se factura | La lectura de cada vivienda pasa directamente al reparto | Las unidades de todos los radiadores se ponderan y reparten el consumo total del edificio |
| Prioridad legal | Primera opción si es técnicamente viable y rentable | Alternativa en calefacción cuando el contador individual es inviable |
- Contador de energía: combina un caudalímetro con dos sondas de temperatura, en la ida y en el retorno, y calcula la energía que se queda en la vivienda. Es la medida más directa.
- Repartidor de costes: se fija en la superficie del radiador y registra cuánto calor emite. Cada lectura se corrige con coeficientes según el tamaño y el tipo de radiador, y el resultado sirve para repartir la factura del edificio.
- Lectura remota: los dispositivos instalados desde el 7 de agosto de 2020 deben poder leerse a distancia, y los anteriores tienen que permitirlo o sustituirse antes del 1 de enero de 2027 (artículo 6.1).
Como el repartidor reparte el consumo total, su lectura se entiende en euros solo después de aplicar el reparto fijo y variable de la comunidad.
Cuándo es obligatorio y cuándo no
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01
Viabilidad técnica
Si el edificio admite contadores individuales, van contadores; si no, repartidores en calefacción (artículo 3.1).
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02
Rentabilidad
Con un presupuesto según el modelo del anexo III, si la inversión se recupera en cuatro años o menos, hay que instalar.
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03
Exenciones técnicas
Monotubo en serie con varios usuarios, fancoils, aerotermos y sistemas que no permiten individualizar el consumo (anexo I).
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04
Exención por clima
La calefacción en las zonas climáticas α, A y B (anexo I).
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05
Plazos
Los presupuestos debían pedirse entre 2021 y 2022 según la zona climática y el tamaño del edificio, y la instalación hacerse en los 15 meses siguientes (disposición transitoria y artículo 4.4).
Si el edificio está exento por motivos técnicos o de rentabilidad, hay que presentar el certificado del anexo II y la declaración del anexo V ante la comunidad autónoma en dos meses (artículo 7). No hace falta si la única exención es la zona climática.
Cómo se reparte la factura
- Parte variable: según las lecturas de cada vivienda; entre el 60 % y el 75 % del coste total (artículo 6.4).
- Parte fija: mantenimiento y calor cedido a zonas comunes; la fijan los titulares con el criterio técnico del mantenedor.
- Frecuencia: facturación según consumo o lecturas al menos una vez al año, e información al menos cada dos meses, o cada mes si hay lectura a distancia (artículo 6.2).
- Viviendas sin sistema: a quien no haya instalado el sistema se le aplica, como mínimo, la mayor ratio de consumo por metro cuadrado de las liquidaciones (artículo 6.5).
- Control: cuando el sistema es viable, cada usuario debe poder regular su consumo, por ejemplo con válvulas termostáticas en los radiadores (artículo 3.2).
Si una lectura no cuadra
- Pide a la empresa de lectura el detalle por radiador y los coeficientes aplicados.
- Comprueba que todos los radiadores tienen repartidor y que ninguno está tapado o desmontado.
- Revisa si las válvulas termostáticas funcionan y si algún radiador estuvo abierto al máximo.
- Lleva el reparto a la junta de propietarios si crees que la parte fija no recoge bien las zonas comunes.
- Manipular o tapar un repartidor altera la lectura de todos los vecinos y no es un ahorro real.
Preguntas frecuentes sobre contadores individuales y repartidores de costes
¿Qué diferencia hay entre un contador individual y un repartidor de costes?
El contador individual mide en kWh la energía que entra en cada vivienda y se pone uno por piso. El repartidor va en cada radiador y registra su emisión de calor para repartir el consumo total del edificio. La norma prefiere el contador y deja el repartidor para cuando aquel es técnicamente inviable (Real Decreto 736/2020, artículo 3.1).
¿Son obligatorios los repartidores de costes de calefacción?
Lo son en edificios con calefacción central cuando no caben contadores individuales y la instalación es técnicamente viable y se amortiza en cuatro años o menos, según el Real Decreto 736/2020. Quedan exentas, entre otras, las instalaciones monotubo en serie y las de las zonas climáticas α, A y B.
¿Qué pasa si un vecino no instala los repartidores?
El Real Decreto 736/2020 prevé que, a quien no haya instalado el sistema de contabilización individual, se le aplique como mínimo la mayor ratio de consumo por metro cuadrado de las calculadas en las liquidaciones. En la práctica, suele pagar más que el resto.
¿Cómo se reparte la factura con repartidores?
Una parte variable según las lecturas de cada vivienda, de entre el 60 % y el 75 % del coste total, y una parte fija por mantenimiento y calor de zonas comunes. Los porcentajes los fijan los titulares con el criterio técnico de la empresa mantenedora.
¿Con qué frecuencia deben informarme del consumo?
La facturación según consumo o lecturas debe hacerse al menos una vez al año. La información de consumo debe darse al menos cada dos meses, o cada mes si los dispositivos se leen a distancia, y el acceso a esos datos debe ser gratuito.
¿Los contadores tienen que leerse a distancia?
Sí. Los instalados desde el 7 de agosto de 2020 deben tener lectura remota, y los anteriores tienen que permitirla o sustituirse antes del 1 de enero de 2027 (Real Decreto 736/2020, artículo 6.1). Pregunta a la empresa de lectura si los de tu edificio ya cumplen.
Fuentes consultadas
Normativa contrastada con el texto consolidado en el BOE el 14 y el 25 de octubre de 2026; el real decreto mantiene su redacción original, sin modificaciones posteriores.
- Real Decreto 736/2020, contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios (BOE) ↗Artículos 3, 4, 6 y 7, anexos I a III, disposición transitoria y disposición final cuarta.
¿Dudas con la factura de calefacción?
Pide el detalle de lecturas y el reparto fijo y variable antes de la junta.