Lo esencial en 30 segundos
- Qué es: atención profesional en casa y en el barrio para las actividades de la vida diaria, que promueve la autonomía de la persona (Ley 39/2006, artículo 23).
- Dos vías: el servicio municipal, que se pide en los servicios sociales del ayuntamiento, y el de dependencia, que se concreta en el plan de atención.
- Horas con dependencia: grado I, de 20 a 37 horas al mes; grado II, de 38 a 64; grado III, de 65 a 94 (Real Decreto 1051/2013, anexo II).
- Copago: según la capacidad económica personal y las normas de cada comunidad o ayuntamiento.
- Se combina: siempre con la teleasistencia (Ley 39/2006, artículo 22.4); con el centro de día, según las reglas de tu comunidad; y, si hacen falta más horas, con una cuidadora contratada.
Qué es el servicio de ayuda a domicilio
La Ley de Dependencia lo define como el conjunto de actuaciones en la casa de la persona y en su entorno comunitario próximo para facilitar las actividades de la vida diaria y promover su autonomía, de acuerdo con su voluntad, deseos y preferencias. Exige una formación especializada a quien lo presta (Ley 39/2006, artículo 23.1). Existe con dos puertas de entrada:
- Ayuda a domicilio municipal: los ayuntamientos la ofrecen como servicio social, también a personas sin dependencia reconocida que necesitan apoyo, con requisitos y precios fijados en su ordenanza.
- Ayuda a domicilio por dependencia: con el grado reconocido, se incluye en el Programa Individual de Atención, con un número de horas al mes según el grado.
En muchos municipios las dos vías las presta el mismo servicio: pregunta en tus servicios sociales cuál es tu caso.
Qué cubre y qué queda fuera
| Tipo de atención | Ejemplos | Ten en cuenta |
|---|---|---|
| Atención personal | Levantarse y acostarse, aseo, vestirse, comer, moverse por casa, recordar la medicación | Es el núcleo del servicio |
| Tareas del hogar | Limpieza, preparar comidas, lavar y planchar la ropa | Con dependencia, van unidas a la atención personal y solo excepcionalmente se prestan por separado (Real Decreto 1051/2013, artículo 8.5) |
| Entorno próximo | Acompañar a la compra, al médico o a un paseo por el barrio | Lo prevé la ley; lo concreta cada plan y cada ayuntamiento |
| Apoyo a la familia | Pautas para cuidar mejor, coordinación con el trabajo social | Pregunta por los grupos de apoyo a personas cuidadoras |
Suelen quedar fuera los cuidados sanitarios, como curas o inyecciones, que corresponden a la enfermería del centro de salud; la atención continuada de día y de noche, que requiere otros apoyos; y las tareas que no figuran en el plan, como obras o arreglos. El detalle lo fija la ordenanza de tu ayuntamiento y tu plan de atención.
Una ayuda que suma autonomía
La buena ayuda a domicilio acompaña en lugar de hacerlo todo: la persona decide cómo quiere su casa, su ropa o su comida, y hace con apoyo lo que puede hacer por sí misma, como pelar la fruta, elegir el menú de la semana, regar las plantas o ducharse con una mano cerca. Así mantiene la fuerza, las habilidades y el gusto por su rutina. La ley pide precisamente eso: promover la autonomía según su voluntad, deseos y preferencias (Ley 39/2006, artículo 23.1). Cuéntale a la profesional qué le gusta hacer a la persona y qué quiere seguir haciendo; y, si un rato de compañía le anima, apóyate también en soledad no deseada en personas mayores.
Cuántas horas corresponden con la dependencia
| Grado de dependencia | Horas al mes |
|---|---|
| Grado I (moderada) | De 20 a 37 |
| Grado II (severa) | De 38 a 64 |
| Grado III (gran dependencia) | De 65 a 94 |
Fuente: Real Decreto 1051/2013, artículo 8 y anexo II. Las administraciones pueden fijar intensidades superiores, y el plan de atención debe separar las horas de atención personal de las de tareas del hogar. Además, si varias personas con dependencia viven juntas, en un mismo edificio con servicios comunes o en viviendas próximas, pueden pedir que su ayuda a domicilio se organice de forma conjunta (Ley 39/2006, artículo 23.2).
Cómo pedir la ayuda a domicilio
-
01
Cita con servicios sociales
Pide cita con la trabajadora o el trabajador social de tu ayuntamiento. Valorará la situación y te dirá si encaja la vía municipal, la de dependencia o las dos.
-
02
Solicitud
Suelen pedir el DNI, el empadronamiento, datos de ingresos y, si los hay, informes de salud. Cada ayuntamiento indica su lista.
-
03
Dependencia, si procede
La ley fija un máximo de 3 meses para resolver el grado y de seis meses desde la solicitud hasta la resolución de la prestación, con urgencia en casos de especial vulnerabilidad (Ley 39/2006, artículo 28 y disposición final primera). El paso a paso, en grados de dependencia.
-
04
Plan de atención
Se acuerdan las horas, los días y las tareas, según lo que la persona quiere y necesita (artículo 29).
-
05
Revisión
Si la situación cambia, pide revisar el plan o el grado (artículos 29 y 30).
Cuánto se paga
- Con dependencia: la persona aporta una parte según el tipo y el coste del servicio y su capacidad económica, que es exclusivamente personal, con un mínimo exento para las necesidades básicas. Lo regula cada comunidad autónoma, que debe publicar cada año lo que aportan las personas usuarias (Ley 39/2006, artículo 33).
- Servicio municipal: cada ayuntamiento fija su precio público o tasa por hora y las bonificaciones según ingresos en su ordenanza.
- Para todos: nadie queda fuera del sistema por falta de recursos (artículo 33.5).
Pide por escrito cuánto pagarás por hora antes de empezar.
Ayuda a domicilio, cuidadora o teleasistencia
| Apoyo | Qué resuelve | Quién organiza |
|---|---|---|
| Ayuda a domicilio pública | Horas fijas de atención personal y del hogar, con profesionales formados | Ayuntamiento o comunidad, con copago |
| Empresa privada de ayuda a domicilio | Horas a medida y sustituciones, con factura | La empresa; con dependencia, puede pagarse en parte con la prestación vinculada |
| Cuidadora contratada por la familia | Atención estable por horas, externa o interna | La familia como empleadora; lee contratar cuidadora o empleada de hogar |
| Teleasistencia | Ayuda inmediata las 24 horas pulsando un botón | Servicios sociales o empresas |
| Centro de día | Cuidados, actividades y compañía durante el día | Red pública o centros privados |
La mezcla más habitual es ayuda a domicilio por la mañana, teleasistencia todo el día y familia o cuidadora para el resto. Para organizarlo, lee cuidar a una persona mayor en casa, y para encargos sueltos, recados a domicilio.
Cuidado de personas mayores en casa y ayudas, Centro de día para mayores, Residencias de mayores, Hogar del jubilado y centros de mayores, Gimnasia para mayores, taichi y parques biosaludables, Ejercicios de memoria para mayores, Soledad no deseada en personas mayores, Viajes del Imserso 2026-2027 y Grados de dependencia. Si prefieres que lo haga un profesional, consulta la guía de servicios para las personas.
Preguntas frecuentes sobre la ayuda a domicilio
¿Qué es el servicio de ayuda a domicilio?
Es un servicio social que lleva a casa a profesionales formados para ayudar en el aseo, la comida, la movilidad y las tareas del hogar. La ley incluye también el entorno próximo, como acompañar a la compra o al médico, y busca promover la autonomía de la persona.
¿Cómo se pide la ayuda a domicilio?
En los servicios sociales de tu ayuntamiento, con una cita con la trabajadora social. Si la persona tiene o pide la dependencia, las horas se fijan en su plan de atención.
¿Cuántas horas de ayuda a domicilio da la dependencia?
De 20 a 37 horas al mes en el grado I, de 38 a 64 en el grado II y de 65 a 94 en el grado III. Las comunidades pueden dar más horas.
¿Cuánto cuesta la ayuda a domicilio pública?
Depende de los ingresos de la persona y de las reglas de cada comunidad o ayuntamiento. Con dependencia se paga una parte según la capacidad económica personal, con un mínimo exento para las necesidades básicas.
¿La ayuda a domicilio incluye limpiar la casa?
Sí, las tareas del hogar forman parte del servicio. Con dependencia, van unidas a la atención personal y solo se prestan por separado de forma excepcional y justificada en el plan.
¿Puedo tener ayuda a domicilio y teleasistencia a la vez?
Sí, es una de las combinaciones más habituales. La teleasistencia cubre las 24 horas con un botón y la ayuda a domicilio las tareas del día; pregunta en servicios sociales cómo combinarlas en tu plan.
Fuentes consultadas
Normativa contrastada con el BOE el 27 de octubre de 2026.
- BOE · Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (texto consolidado) ↗Artículos 15, 22.4, 23, 28, 29, 30 y 33 y disposiciones adicional vigesimoprimera y final primera, en la redacción vigente desde el 23/10/2026.
- Ley 4/2026, de 1 de octubre (BOE) ↗Nueva redacción del servicio de ayuda a domicilio y del copago.
- BOE · Real Decreto 1051/2013, de prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (texto consolidado) ↗Artículo 8 y anexo II: intensidad de la ayuda a domicilio por grado; artículo 16: compatibilidad con el centro de día según cada comunidad.
- Ley 12/2008, de Servicios Sociales del País Vasco (BOE) ↗Artículos 22, 41 y 42: ayuda a domicilio municipal.
Pide cita en servicios sociales
Anota qué tareas cuestan más cada día y qué quiere seguir haciendo la persona: es la mejor base para el plan.